El Consejo de Consumidores y Usuarios, integrado por once asociaciones de consumidores, critica en su informe que las reflexiones de las que parte la Memoria y el propio texto del Anteproyecto sobre la situación de crisis actual, de las situaciones de sobreendeudamiento, del modelo especulativo..., como justificación a la reforma legislativa, no se ven reflejadas en la parte sustantiva de la norma.
El CCU advierte que la Ley se justifica por la necesidad de incorporar y reforzar elementos de competencia y sostenibilidad en nuestra economía, sin embargo, no introduce la necesidad de replantearse otros patrones de crecimiento donde también el consumo sostenible y la protección de los consumidores sean claves y ejes de un nuevo modelo económico "socialmente sostenible".
Asimismo, el CCU considera necesario que la norma promueva y refuerce los mecanismos de participación social y ciudadana como instrumentos legitimadores de las medidas que deban adoptarse por un modelo económico más sostenible también socialmente.
Igualmente, se echa en falta que el Gobierno establezca un canal eficaz de diálogo con el órgano máximo de representación de los consumidores.
En esta línea, el CCU propone entre otras, las siguientes medidas concretas para evitar la desigualdad que se produce con las entidades financieras, las empresas de suministro, o el sector transporte, entre otros.
Servicios financieros
La responsabilidad de la concesión de un crédito debe recaer sobre la entidad prestamista, puesto que es ella la que decide que información solicitar y la que evalúa la petición. De este modo, si se concede un crédito "irresponsable", el contrato debe declararse nulo y el prestatario devolver el crédito, pero sin abono de intereses de ningún tipo.
Mercado de valores
La Ley debe permitir que las asociaciones de consumidores, o cualesquiera otros agentes sociales, puedan instar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a la incoación de expedientes sancionadores. Además, las sanciones deben ser de fácil acceso para el público general, y han de que aparecer publicadas en la página web de la CNMV a fin de que los ciudadanos tengan información suficiente a la hora de invertir.
Adquisición de una vivienda
La deducción en el IRPF por inversión en vivienda habitual, a partir del 1 de enero de 2011, para rentas inferiores a 24.107 euros, podría incitar a los consumidores a comprar, sin tener en cuenta una previsión de su capacidad de pago a largo plazo, cuando además es muy posible una subida de los tipos de interés.
Tasaciones previas
Sería necesario aprovechar esta reforma para regular legalmente la validez de una tasación previa aportada por un consumidor y efectuada por un tasador homologado, ajeno a la nueva entidad de crédito donde se solicita un préstamo hipotecario.
Contratacines paralelas
El CCU denuncia la práctica habitual entre las entidades financieras de vincular la concesión de una hipoteca a la contratación de productos como planes de pensiones, seguros, tarjetas, etc. El Consejo considera que tales prácticas son excesivas (abusivas), porque obligan al consumidor a contratar productos al margen de su voluntad si quiere acceder a un préstamo.
Ejecución de hipotecas
En cuanto a la ejecución de hipotecas, el Consejo es partidario de añadir un artículo al anteproyecto de Ley de Economía Sostenible en el que se indique que, cuando el propietario sea un consumidor y no disponga de otra vivienda, podrá pedir al juez que, en lugar de subastar el bien, se establezca un procedimiento de acuerdo entre acreedor y deudor.
Rehabilitación de viviendas
En el anteproyecto se prevé la extensión de la Ley de subrogación de préstamos hipotecarios a los créditos que se destinen a rehabilitación de inmuebles. Esta ley, que reduce los gastos de cambio de préstamo hipotecario, también se debería aplicar según el CCU a los créditos de todo tipo, evitándose así que algunas entidades financieras obstaculicen el cambio o la subrogación de hipotecas.
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El CCU advierte que la Ley se justifica por la necesidad de incorporar y reforzar elementos de competencia y sostenibilidad en nuestra economía, sin embargo, no introduce la necesidad de replantearse otros patrones de crecimiento donde también el consumo sostenible y la protección de los consumidores sean claves y ejes de un nuevo modelo económico "socialmente sostenible".
Asimismo, el CCU considera necesario que la norma promueva y refuerce los mecanismos de participación social y ciudadana como instrumentos legitimadores de las medidas que deban adoptarse por un modelo económico más sostenible también socialmente.
Igualmente, se echa en falta que el Gobierno establezca un canal eficaz de diálogo con el órgano máximo de representación de los consumidores.
En esta línea, el CCU propone entre otras, las siguientes medidas concretas para evitar la desigualdad que se produce con las entidades financieras, las empresas de suministro, o el sector transporte, entre otros.
Servicios financieros
La responsabilidad de la concesión de un crédito debe recaer sobre la entidad prestamista, puesto que es ella la que decide que información solicitar y la que evalúa la petición. De este modo, si se concede un crédito "irresponsable", el contrato debe declararse nulo y el prestatario devolver el crédito, pero sin abono de intereses de ningún tipo.
Mercado de valores
La Ley debe permitir que las asociaciones de consumidores, o cualesquiera otros agentes sociales, puedan instar a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) a la incoación de expedientes sancionadores. Además, las sanciones deben ser de fácil acceso para el público general, y han de que aparecer publicadas en la página web de la CNMV a fin de que los ciudadanos tengan información suficiente a la hora de invertir.
Adquisición de una vivienda
La deducción en el IRPF por inversión en vivienda habitual, a partir del 1 de enero de 2011, para rentas inferiores a 24.107 euros, podría incitar a los consumidores a comprar, sin tener en cuenta una previsión de su capacidad de pago a largo plazo, cuando además es muy posible una subida de los tipos de interés.
Tasaciones previas
Sería necesario aprovechar esta reforma para regular legalmente la validez de una tasación previa aportada por un consumidor y efectuada por un tasador homologado, ajeno a la nueva entidad de crédito donde se solicita un préstamo hipotecario.
Contratacines paralelas
El CCU denuncia la práctica habitual entre las entidades financieras de vincular la concesión de una hipoteca a la contratación de productos como planes de pensiones, seguros, tarjetas, etc. El Consejo considera que tales prácticas son excesivas (abusivas), porque obligan al consumidor a contratar productos al margen de su voluntad si quiere acceder a un préstamo.
Ejecución de hipotecas
En cuanto a la ejecución de hipotecas, el Consejo es partidario de añadir un artículo al anteproyecto de Ley de Economía Sostenible en el que se indique que, cuando el propietario sea un consumidor y no disponga de otra vivienda, podrá pedir al juez que, en lugar de subastar el bien, se establezca un procedimiento de acuerdo entre acreedor y deudor.
Rehabilitación de viviendas
En el anteproyecto se prevé la extensión de la Ley de subrogación de préstamos hipotecarios a los créditos que se destinen a rehabilitación de inmuebles. Esta ley, que reduce los gastos de cambio de préstamo hipotecario, también se debería aplicar según el CCU a los créditos de todo tipo, evitándose así que algunas entidades financieras obstaculicen el cambio o la subrogación de hipotecas.
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